POR
LAS RUTAS DEL ATROPELLO
Es algo increíble
que a los trabajadores administrativos, auxiliares de educación y profesores no
comprendidos en la LRM, se les pague por haber laborado 25 y 30 años en el
sector educación la ínfima cantidad de S/.192.74 nuevos soles, y más aún las
organizaciones que los representan no dicen nada frente a semejante atropello,
el abuso del poder del actual gobierno del señor OHT se basa en el INFORME LEGAL Nº524-2012-SERVIR.
El infausto
INFORME LEGAL Nº524-2012-SERVIR (40 páginas) concluye que los pagos por las
asignaciones (25, 30 años de servicios, subsidio por luto) que reciben los
trabajadores del régimen laboral del D.Leg. Nº276, profesores de la Ley Nº24029,
NO
debe hacerse en base a la remuneración total, ya que dicho informe ha
detectado conceptos de pagos que no reúnen los requisitos para ser considerados
como remuneración total. En otras palabras, se nos dice que la remuneración
total no comprende todos los beneficios económicos que figuran en la boleta de
pago y solo la RT comprende una cantidad mínima de conceptos de pago que
figuran en la boleta de pago, de ahí que se venga pagando en las UGELs la
ínfima cantidad de S/.192.74 nuevos soles por cumplir 25 y 30 años de servicio
y subsidio por luto.
INFORME LEGAL Nº524-2012- SERVIR, sinónimo de ABUSO DE
PODER
Debemos tener en
cuenta que SERVIR depende de la PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS, es decir
depende directamente del Poder Ejecutivo, de ahí del abuso del poder contra los
más débiles al haberse dispuesto que todas las UGELs paguen las asignaciones y
subsidios del personal administrativo, auxiliares y profesores de la Ley
Nº24029 (50 mil) en base al informe legal mencionado. Dicho informe legal no
tiene carácter de NORMA JURIDICA, ni menos carácter VINCULANTE, y más aún no ha
sido publicado en el diario el peruano, pero el gobierno lo viene aplicando.
Este informe
legal vulnera las resoluciones judiciales de la Corte Suprema, la
jurisprudencia del TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, la Resolución Nº01-2011-SERVIR de fecha 18 de junio del 2011 (anterior
gobierno) que han dispuesto que dichos pagos de asignaciones y subsidios se
hagan en base a la REMUNERACION INTEGRA O TOTAL.
En la UGEL
Nº02-Lima, a través de la Resolución Directoral Nº 8917-2013 de fecha 30 de
diciembre del 2013, se ha dispuesto pagar acerca de 400 administrativos,
incluidos auxiliares de educación y profesores
no pertenecientes a la LRM, las ínfimas cantidades detalladas en el
informe legal en comentario.
INFORME LEGAL Nº Nº524-2012- SERVIR, se APLICARÁ A TODOS
LOS PROFESORES DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL
Si tenemos en
cuenta que el gobierno se aprestaría a reconocer el pago de la bonificación por
preparación de clase (Art.48 de la Ley Nº24029. Modificada por la Ley Nº25212),
la misma que se debe hacer en base a la REMUNERACION TOTAL, es decir un profesor debería recibir
por lo menos entre 45 mil soles por este derecho, sin embargo aplicando el
infausto INFORME LEGAL Nº 524-2012, sólo recibiría 4,500 nuevos soles. Este
informe legal es una triquiñuela para no pagar al magisterio lo que por ley le
corresponde.
Hacer click para ver Resolución: INDIGNANTE RESOLUCIÓN
Lima,
05 de abril de 2014.
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